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16 diciembre, 2012

¿Es un derecho constitucional tener relaciones con burros?

En agosto, un hombre, Carlos Romero, fue sorprendido en Florida teniendo sexo con un burro miniatura, por lo cual se le fincaron cargos por bestialismo que, entre otras medidas, se sanciona con 200 dólares de multa y la prohibición de tener contacto con niños y con animales mamíferos.

Los abogados de Romero, sin embargo, armaron la defensa jurídica de su cliente alegando que este tipo de relaciones están protegidas por la Constitución misma de los Estados Unidos, específicamente por la Cuarta Enmienda que protege “la libertad personal y la autonomía cuando esta se refiere a las actividades íntimas y privadas”, según dicen los defensores.

La defensa pretende tomar ventaja de una ambigüedad en la redacción de la ley contra la bestialidad en Florida, según la cual no es necesario presentar pruebas de que un animal fue dañado o “de la actividad sexual no consensuada”, incluso en los casos de penetración.

En esta forma, no resulta claro si el bestialismo es un crimen porque daña a los animales o porque es una conducta social inaceptable; si solo lo primero, ¿entonces sería legal si el animal no resulta dañado?

Ese vacío es el que intentan aprovechar los abogados para eximir a su cliente, algo que quizá logren, cuestionando de paso la perspectiva legal desde la cual se aborda este comportamiento.



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